Paulina Munoz

En el borrador de la Nueva Constitución son numerosas las veces en que las personas con discapacidad aparecemos. Esto no deja de ser novedoso, ya que nunca antes se escribió nada acerca de nosotros en una Carta Magna de nuestro país.

Como grupo históricamente excluido hemos sido poco visibles (por no decir invisibles) como sujetos de derechos y no como objetos de caridad o como “ejemplos heroicos superación”. En ambos casos, más que como personas diversas e iguales a los demás, somos consideradas como víctimas de una tragedia.

En el contextos de las movilizaciones octubristas, el 3 de diciembre en el Día Internacional de la Discapacidad en el 2019, nos pusimos de acuerdo para salir a las calles en todo el país y lo hicimos, unidos por el lema: Sujetos/as de Derechos no de Caridad. Fue una convocatora amplia. Éramos muchos y muy diversos marchando en Santiago y en otras ciudades del país.

Al sentir esa fuerza que da el encontrarnos, reconocernos muchos y diversos que compartimos en común enfrentar las barreras, los estigmas y las exclusiones de una sociedad y un estado donde parece que sobráramos, pasó algo dentro de mí…unas ganas de decir ¡¡NO PAREN!! …Éramos muchos uniéndonos en todas las ciudades del país. A varios se nos quitaron las ganas de seguir invisibles y nos comenzamos a juntar…sin querer queriendo, como decía el Chavo del 8. Con la convicción de que las cosas no deben seguir así.

A pesar de que las cifras de personas con discapacidad en Chile no han sido recopiladas en forma específica en los censos de población, sino calculados a través de encuestas y extrapolados a la población general, sabemos ahora que somos cerca de 3,2 millones de chilenos según proyecciones de la encuesta ENDISC, 2015 hacia el año 2022). Tomando en cuenta a los mayores de 18 años con discapacidad. Como grupo históricamente excluido, esas cifras tan develadoras, no han implicado hasta ahora un real cumplimiento del Estado con los estándares que plantean los tratados internacionales de Derechos Humanos en materia de inclusión.

La Nueva Constitución reconoce en su artículo 28 a las personas con discapacidad como sujetos de derecho conforme a los tratados internacionales vigentes. Reconoce que tenemos iguales derechos que las demás personas con plena capacidad, garantizando el goce y ejercicio de nuestros derechos, con apoyos y salvaguardias, según corresponda.

Si bien el reconocimiento constitucional de las Personas con Discapacidad puede parecer algo obvio e incluso tan simple como ser reconocidos como personas, como seres humanos verdaderamente iguales en dignidad y derechos, es algo que por primera ver ocurre en la Constitución chilena. No sé si es posible dimensionar lo que escribo… Y como mi discapacidad comienza alrededor de 10 años atrás, sé que aquel que no tiene discapacidad no lo sabe. Para los que tenemos discapacidad de cualquier tipo, esto significa muchísimo.

Paulina Muñoz Molina, persona con Discapacidad Motriz

Psicóloga Clínica

Presidenta de la Mesa Ejecutiva del Colectivo Nacional por la Discapacidad


▶ Revisa la Guía/síntesis completa del nuevo proyecto constitucional para Chile aquí (proyecto finalaudiolibro)

▶ Lee o descarga «La Nueva Constitución de Chile con peras y manzanas» por parte de Plataforma Contexto

▶ Resumen y comentario de libertades y derechos en la nueva Constitución por parte del convencional, académico constitucionalista (doctor en derecho U. de Barcelona) Jaime Bassa para Hora Constituyente via La voz de los que sobran

▶ Breve síntesis y defensa del proyecto por parte del académico constitucionalista de centro-derecha (y doctor en derecho U. California, Berkeley) José Francisco García para The Clinic (Apruebo con Reforma: un manifiesto)